Recibo de la clase de residuos I (peligrosos) clase IIA y IIB (residuos no peligrosos)

Según la Política Nacional de Residuos Sólidos (PNRS, Lei Nº12.305), Se entiende por destino final ambientalmente adecuado la disposición de residuos que lleva a cabo la disposición final. (esto es, la distribución ordenada de relaves), Observar normas operativas específicas para minimizar los impactos..

También de acuerdo con el PNRS, se debe seguir el siguiente orden de prioridad en el manejo y manejo de residuos sólidos: ninguna generación, reducción, reutilizar, reciclaje, tratamiento y, por fin, la disposición final ambientalmente apropiada de relaves.

Ver abajo, los métodos de eliminación más utilizados para cada tipo de residuo: